viernes, octubre 28, 2005

Así no son las cosas, así nos las inventamos

Las alarmas y el cabreo han saltado en la comunidad internauta, especialmente entre los usuarios de redes P2P. ¿El motivo? Antena 3 emitió en sus informativos de las 15:00 una noticia cuyo contenido defendía que la descarga a través de Internet de música y películas es un delito. Aquí tenéis la noticia en la página web de la cadena, bastante dulcificada.

Más desinformados no pueden estar los informativos. Una mentira por muchas veces que se repita no se convierte en verdad, lo que sí se logra es confundir a la población y asustar a los ciudadanos. Un ejemplo palpable lo encontramos en la misma noticia: <<"Como te sale más barato que comprarte el CD, la gente prefiere bajárselo de Internet, aunque sepa que es ilegal", asegura una joven>>.

Esta joven a la que los periodistas han tomado como modelo informador ya tiene la idea en la cabeza, han conseguido alienarla. Todavía nos queda la esperanza de que dicha joven (y otros muchos) se lea el artículo 31.2 de la Ley de Propiedad Intelectual: "Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin autorización del autor y sin perjuicio en lo pertinente, de lo dispuesto en el artículo 34 de esta ley en los siguientes casos: Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25 y 99.a de esta ley, y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa".

La descarga de obras, ya divulgadas, para uso privado y no lucrativo es legal. No supone delito, ni tan siquiera falta. Distintas webs ya se han hecho eco de la noticia y exigen una rectificación a la cadena: Banchaancha, Barrapunto , David Bravo, FaqOff... y el foro oficial está que arde.

En la edición de hoy no ha habido rectificación por parte de la cadena.

4 Comentarios:

El 30 octubre, 2005 22:24, Anonymous Anónimo dijo...

Teniendo en cuenta las tarifas publicitarias de Cuatro, ese canal de televisión que seguro será el paradigma de la independencia me pregunto cuál es la tarifa por comprar por ejemplo 20 segundos de una informativo ¿será más caro comprar un periodista que comprar un anuncio? ¿Le saldrá a la SGAE o ACAM más rentable 20 segundos de un telediriaro que 20 spots de "Ahora la ley actúa"?

Pienso que antes de que Cuatro tenga mucha audiencia podíamos plantearnos reunir unas pelillas el fin de semanay comprar un spot mañanero que diga algo así como "No podemos comprar a Gabilondo para que diga que los P2P son legales pero seguro que los usa"

 
El 31 octubre, 2005 12:41, Blogger kristina dijo...

En mi linea de cuestionarme las cosas en las que quiero creer y no dar nada por verdadero ni descartar a ningún cura como posible padre planteo:

Cuando la ley dice "...que la copia no sea objeto de utilización colectiva..." ¿No podríamos considerad el p2p una utilización colectiva? Porque ponemos el archivo a disposición de una colectividad. Que sea justo o no es otra historia a debatir pero un abogado podría agarrarse a eso como argumento para meternos a todos en el talego.

Que por otra parte lo del talego no estaría tan mal desde el punto de vista currante, siempre que haya Internet, dedicandose a jugar al ordenador, leer, ver pelis, echar partiditas de mus con Escolar y toda la basca, y vivir del cuento a expensas un organismo superior. Sería como volver a la universidad, qué nostalgia.

 
El 31 octubre, 2005 15:35, Blogger Dardo dijo...

Kids tu idea como siempre brillante. Sólo un inconveniente, seguramente Cuatrono pida simplemente que les des el dinero por poner el anuncio sino que tendrán algún sistema de "filtración" para emitir los anuncios que ellos consideren oportunos.

¿Te imaginas a Cuatro emitiendo un anuncio de la Cope? ¿O un anuncio en contra de las plataformas digitales?

Esa independencia y objetividad...

Kristina: el uso debemos entenderlo en sentido literal. Cuando se pone el archivo en internet y lo descargas tú no te descargas todo el archivo de una persona, lo haces por partes, de fuentes diferentes; es decir, e persona a persona, privado a privado. Y una vez descargado lo usas para tí; te lo pones en tu mp3 privado, con tus auriculares privados y lo disfrutas en soledad. He ahí el detalle del uso colectivo.

De todas formas si no te convence, visiona alguna conferencia de Cortell, que trata esta cuestión al detalle.

 
El 31 octubre, 2005 18:16, Anonymous Anónimo dijo...

Respecto al concepto de utilización colectiva Kristina no sé si te refieres al término estricto de "uso" que no tiene mucha historia que David Bravo creo recordar que ventila en un par de párrafos en nuestra/su Biblia : el uso se hace cuando reproduces la canción o la películas no cuando la descargas.

Otra cosa diferente es "poner el archivo a disposición de una colectividad" que es a lo que ahora se agarra la SGAE. De todas formas ahí me sigo fiando de nuestro querido sevillano, página 106 de Copia Este Libro:

Que la obra no sea objeto de utilización colectiva.
El destino de la copia que has hecho no debe ser el de usarla colectivamente. Es importante
señalar que el hecho de que las más populares plataformas P2P descargan la obra en
una carpeta compartida de tu disco duro no ha de entenderse como incumplimiento de este
requisito. Por un lado, porque tú puedes dejar la obra ahí o quitarla inmediatamente. Y, por
el otro, porque, en el caso de que la obra permaneciera en esa carpeta puede llevarnos en todo
caso al debate de si ese es un acto de comunicación pública, problema distinto al de la reproducción
y que tiene que analizarse de forma separada. Lo que parece evidente, dejando para
más adelante la polémica de la comunicación pública, es que el hecho de que la obra haya
sido descargada en una carpeta compartida no supone que tú estés dándole todavía ningún
tipo de uso, ni colectivo ni privado. Es cuando ejecutas la obra, y dependiendo del ámbito en
el que la ejecutas, cuando podemos hablar de si ese uso excede o no de tu esfera privada.

 

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